Por el Prof. Jbismarck TRATADO DEL PILAR “Convención hecha y concluida entre los Gobernadores don Manuel Sarratea de la provincia de Buenos Aires, de la de Santa Fe don Estanislao López y de Entre Ríos don Francisco Ramírez (es ésta la primera vez en que Ramírez es designado como “Gobernador de Entre Ríos, lo que le debe de haber sonado muy halagueño. Hasta ese momento era sólo delegado de Artigas), el día 23 de febrero del año del Señor 1820, con el fin de poner término a la guerra suscitada entre dichas provincias, de proveer la seguridad ulterior de ellas y de concentrar sus fuerzas y recursos en un gobierno federal, a cuyo efecto han convenido los artículos siguientes:
Artículo 1º - Protestan las altas partes contratantes, que el voto de la nación y muy en particular en las provincias de su mando, respecto al sistema de gobierno que debía regirlas, se ha pronunciado a favor de la federación, que de hecho admiten; pero que debiendo declararse por diputados nombrados por la libre elección de los pueblos, se someten a sus deliberaciones. A este fin, elegido que sea por cada provincia popularmente su representantes, deberán los tres reunirse en el Convento de San Lorenzo, de la provincia de Santa Fe, a los sesenta días contados desde la ratificación de esta convención. Y como están persuadidos de que todas las provincias de la Nación aspiran a la organización de un gobierno central, se comprometen cada una de por sí de dichas partes contratantes a invitarlas y suplicarlas que concurran con sus respectivos diputados para que acuerden cuanto pudiere convenirles y convenga al bien general.
Art. 2º - Allanados como han sido todos los obstáculos que entorpecían la amistad y la buena armonía entre las Provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe en una guerra cruel y sangrienta, por la ambición y criminalidad de unos hombres que habían usurpado el mando de la nación o burlado las instrucciones de los pueblos que representaban en el Congreso, cesarán las hostilidades desde hoy, retirándose las divisiones beligerantes de Santa Fe y Entre Ríos a sus respectivas provincias.
Art. 3º - Los gobernadores de Santa Fe y Entre Ríos, por sí y a nombre de sus provincias, recuerdan a la heroica provincia de Buenos Aires, cuna de la libertad de la Nación, el estado difícil y peligroso a que se ven reducidos aquellos pueblos hermanos por la invasión con que los amenaza una potencia extranjera, que con respetable fuerza oprime la Provincia aliada de la Banda Oriental. Dejan a la reflexión de unos ciudadanos tan interesados en la independencia y felicidad nacional, el calcular los sacrificios que costará a los de aquellas Provincias, si fueran atacadas, el resistir un ejército importante careciendo de recursos; y aguardan de su generosidad y patriotismo auxilios proporcionados a la orden de la empresa, ciertos de alcanzar cuanto quepa en la esfera de lo posible.
Art. 4º - En los ríos Paraná y Uruguay navegarán únicamente los buques de las Provincias amigas, cuyas costas sean bañadas por dichos ríos. El comercio continuará en los mismos términos que hasta aquí, reservándose a la decisión de los diputados en Congreso cualesquiera reforma que sobre el particular solicitasen las partes contratantes.
Art. 5º - Podrán volver a sus respectivas provincias aquellos individuos que por diferencia de opiniones políticas hayan pasado a las de Buenos Aires o de ésta a aquellas, aun cuando hayan tomado armas y peleado en contra de sus compatriotas, serán repuestos al goce de sus propiedades en el estado en que se encuentren y se echará un velo a todo lo pasado.
Art. 6º - El deslinde del territorio entre las provincias se remitirá en caso de dudas a la resolución del Congreso General de Diputados.
Art. 7º - La deposición de la antecedente administración ha sido obra de la voluntad general por la repetición de crímenes con que se comprometía la libertad de la Nación, con otros excesos de una magnitud enorme; ella debe responder en juicio público ante el tribunal que al efecto se nombre; esta medida es muy particularmente del interés de los jefes del ejército federal, que quieren justificarse de los motivos poderosos que les impelieron a declarar la guerra contra Buenos Aires, en noviembre del año próximo pasado, y a conseguir con la libertad de la provincia de Buenos Aires la garantía más segura de las demás unidas esta cláusula significaba la justificación del ataque de lo caudillos).
Art. 8º - Será libre el comercio de armas y municiones de guerra de todas clases en las Provincias Federales.
Art. 9º - Los prisioneros de guerra de una y otra parte serán puestos en libertad después de ratificar esta convención, para que se restituyan a sus respectivos ejércitos o provincias.
Art. 10º - Aunque las partes contratantes estén convencidas que todos los artículos arriba expresados son conformes con los sentimientos y deseos del excelentísimo señor Capitán General de la Banda Oriental, don José Artigas, según lo ha expuesto el señor Gobernador de Entre Ríos, que dice estar autorizado por dicho señor excelentísimo para este caso, no teniendo suficientes poderes en forma, se ha acordado remitirle copia de esta acta para que, siendo de su agrado, entable desde luego las relaciones que pueda convenir a los intereses de la Provincia de su mando, cuya incorporación a las demás federales se miraría como un dichoso acontecimiento.
Art. 11º - A las 48 horas de ratificados estos tratados por la junta de electores, dará principio a su retirada el ejército federal hasta pasar el Arroyo del Medio; pero atendiendo al estado de devastación a que ha quedado reducida la provincia de Buenos Aires por el continuo paso de diferentes tropas, verificará dicha retirada por divisiones de doscientos hombres, para que así sean mejor atendidos de víveres y cabalgaduras y para que los vecinos experimenten menos gravámenes. Queriendo que los señores Generales no encuentren inconvenientes ni escaseces en su tránsito para sí o para sus tropas, el Gobernador de Buenos Aires nombrará un individuo que con ese objeto les acompañe hasta la línea divisoria.
Art. 12º - En el término de dos días o antes, si fuera posible, será ratificada esta convención por la muy Honorable Junta de representantes”.
El documento estaba fechado en la Capilla del Pilar, a 23 de Febrero de 1820 y firmaron Manuel de Sarratea, Francisco Ramírez, Estanislao López.
Al día siguiente la Junta de Representantes Electorales de Buenos Aires “aprueba y ratifica el precedente tratado”. Firmaban Tomás Manuel de Anchorena, Antonio José de Escalada, Manuel Luis de Oliden, Juan José C. de Anchorena, Vicente López, Victorio García Zúñiga, Sebastián de Léxica”. Una de las estipulaciones secretas del tratado del Pilar permite la entrada triunfal de los federales en Buenos Aires. Lo narra, con indisimulable repugnancia, Vicente Fidel López: "Sarratea (quien había suplido al renunciado Rondeau ya no como Director Supremo sino como simple gobernador), cortesano y lisonjero, no tuvo bastante energía o previsión para estorbar que los jefes montoneros viniesen a ofender, más de lo que ya estaba, el orgullo local de la ciudad. El día 25 regresó a ella acompañado de Ramírez y de López, cuyas numerosas escoltas compuestas de indios sucios y mal trajeados a término de dar asco, ataron sus caballos en los postes y cadenas de la pirámide de Mayo, mientras los jefes se solazaban en el salón del ayuntamiento". Nada de lo que preveían los aterrados “decentes” de la ciudad sucedió. Ni saqueos, ni violaciones, ni desmanes. Los supuestos “bárbaros” se comportaron con una corrección que no tuvieron las fuerzas porteñas cuando arrasaron a sangre y fuego con el gauchaje federal después del asesinato de Dorrego.
Ramírez había llegado a las conversaciones con tajantes instrucciones de su hasta entonces jefe, Artigas: “No admitirá otra paz que la que tenga como base la declaración de guerra al rey D. Juan (Emperador de Portugal con sede en Río de Janeiro, invasor de la Banda Oriental) como V. E. quiere y manifiesta en su último oficio", le había escrito en diciembre de 1819. Por su parte Estanislao López también escribirá a Ramírez el 13 de noviembre de ese año al ponerse a sus órdenes conforme a las instrucciones del Protector: "S. E. el general Artigas, por el clamor de los pueblos, nos manda exigir al Directorio, antes de entrar en avenimiento alguno, la declaratoria de guerra contra los portugueses que ocupan la Banda Oriental, y el establecimiento de un gobierno elegido por la voluntad de las Provincias que administre con base al sistema de federación por el que han suspirado todos los pueblos desde el principio de revolución”. Pero días antes de la firma del Tratado, el 22 de enero a la madrugada, los portugueses habían caído sobre el raleado ejército artiguista en Tacuarembó y acuchillado a mansalva a sus hombres sin darles tiempo ni a enfrenar los caballos. Los que sobreviven llegan a Mataojo, donde el caudillo recibe con estoicismo la noticia. Para colmo de males se entera de que sus lugartenientes, los indomables y hasta entonces leales jefes guerrilleros Rivera y Otorgués, se han pasado a los invasores, finalmente seducidos por sus insistentes promesas. Sus aliados, López y Ramírez, enterados de la catástrofe sufrida por el Protector de los Pueblos Libres, fueron enredados por Sarratea que, sabedor de la pobreza a que el autoritarismo porteño había sumido a las provincias bajo su mando y, como siniestra paradoja sacando provecho de ello, les ofreció el oro y el moro para que consolidasen su poder en sus territorios, aval que Artigas nunca podría ofrecerles desde la debilidad de su posición. Con promesas de respeto y no agresión recíprocas se firmó el tratado apenas un día después de iniciadas las deliberaciones,
Al enterarse de lo firmado en Pilar por sus delegados, que no habían respetado la prioridad de la guerra contra Portugal, la indignación de Artigas sería grande y escribiría a Ramírez: "El objeto y los finales de la Convención del Pilar celebrada por V.S. sin mi autorización ni conocimiento, no han sido otros que confabularse con los enemigos de los Pueblos Libres para destruir su obra y atacar al Jefe Supremo que ellos han se han dado para que los protegiese. (...) Y no es menor crimen haber hecho ese vil tratado sin haber obligado a Buenos Aires a que declarase la guerra a Portugal, y entregase fuerzas suficientes y recursos bastantes para que el Jefe Supremo y Protector de los Pueblos Libres (es decir él mismo) pudiese llevar a cabo esta guerra y arrojar del país al enemigo aborrecible que trata de conquistarlo. Esta es la peor y más horrorosa de las traiciones de V.S."
El "Supremo Entrerriano" no demora su desaprensiva réplica: "La Provincia de Entrerríos no necesita su defensa ni corre riesgo de ser invadida por los portugueses, desde que ellos tienen el mayor interés en dejarla intacta para acabar la ocupación de la Provincia Oriental a la que debió V.S. dirigir sus esfuerzos (...) ¿Por qué extraña que no se declarase la guerra a Portugal? ¿Qué interés hay en hacer esta guerra ahora mismo y en hacerla abiertamente? ¿Cuáles son los fondos de los Pueblos, cuáles sus recursos?”.
El entrerriano no desconocía que, aún derrotado y sus fuerzas diezmadas, el oriental podía ser un enemigo de riesgo. Mientras dudaba entre ser leal o traicionar a Artigas le había escrito a su aliado, el chileno Miguel Carrera, quien apostaba a Buenos Aires: “En estos momentos sin tener recursos ningunos, cómo quiere V. que yo me oponga al parecer de Artigas cuando estoy solo y que él ya debe haber ganado la provincia de Corrientes. Como estoy cierto que la lleva adonde él quiere. Nada digo de Misiones porque son con él”.
Artigas hacía de la guerra contra los portugueses una cuestión fundamental de exaltado patriotismo; Ramírez en cambio quizás pensaba que ese problema exigía condiciones previas para su solución, que la lucha contra el imperio suponía la constitución de una nueva autoridad nacional, asistida por la confianza de los pueblos y apta para enfrentar el poder de los invasores y esto requería tiempo y poder.
No se le ocultaba a los firmantes del Tratado que Artigas reaccionaría militarmente contra lo convenido en Pilar, un indudable logro de los porteños que con sus “fondos” y sus “recursos” a los que se refirió el entrerriano en su respuesta al oriental cambiaron la derrota militar por el triunfo diplomático pues lograron introducir la discordia y la división en la imbatible alianza de caudillos populares. Fue tanta la preocupación de los firmantes del Tratado por la ira del oriental que en un "convenio secreto" o "solemne compromiso" que no se llevó a la ratificación de la Junta porteña dispusieron la entrega de tropas, armas y la escuadrilla fluvial al entrerriano. Vicente López habla de 1.500 fusiles, otros tantos sables, tercerolas, y además municiones, artillería, cuerpos estables y 200.000 duros; entre los destacados oficiales porteños que pasaron a servir a las órdenes de Ramírez estuvo Lucio N. Mansilla. La cifra de los suministros, o del soborno, según otros autores fue mayor: el 4 de marzo Sarratea habría ordenado la entrega a Ramírez de 25 quintales de pólvora, otros tantos de plomo, 800 fusiles y 800 sables; el 13 Ramírez pidió por nota al gobernador porteño en virtud "de lo acordado secretamente por separado" se completase el armamento "teniendo en consideración para este suplemento el interés propio de esta ciudad, como de todas las demás provincias de la Federación en mantener la libertad de Entre Ríos (...) debemos abrir una campaña en el rigor del invierno contra enemigos comunes (Artigas) que a todos nos interesa destruir (...) Yo quedaría satisfecho en que se doblase el número de armas y municiones”. D. Molinari PUBLICÓ ESTA CARTA: “¿Cómo podré persuadir a los paisanos ni convencerlos en ninguna manera? Cuando los elementos precisos para la empresa fuesen en algún tanto proporcionados al número que yo solicité podría convencerlos; por lo contrario seré (rechazado) con el voto general de aquellos que solo se conforman con la declaratoria de guerra a los portugueses”.
Ramírez se adelanta con sus montoneras a recuperar su villa natal, Arroyo de la China (hoy Concepción del Uruguay), pero Artigas lo derrota en Arroyo Grande primero, luego en las guachas el resultado será incierto. El poder porteño jugó un papel decisivo en la derrota final del Protector en Las Tunas el 24 de junio de 1820, a favor de los Dragones, célebre caballería entrerriana, y de un poder de fuego del que sólo podía disponer Buenos Aires: un piquete de artillería de seis piezas y un batallón de trescientos veinte hombres bien entrenados y armados al mando de Mansilla En Abalos y el combate naval del río de Corrientes, Ramírez arrastra a Artigas hacia el norte para arrojarlo finalmente, con su caballo y un solo ordenanza, en territorio del Paraguay, de donde el antes poderoso Protector de los Pueblos Libres no habría de salir jamás, quizás por las presiones de los gobiernos porteños sobre el dictador paraguayo Gaspar Francia.
Dueño de la situación “El Supremo Entrerriano”, que sólo tiene 34 años, se propone organizar la región que ha quedado bajo su dominio. El 30 de noviembre de 1820, en la capilla de Nuestra Señora del Rosario, en la localidad de El Tala, proclama el nacimiento de la República Federal de Entre Ríos que comprendía las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones. Ordenó una bandera propia y un escudo cuyo signo heráldico era una pluma de avestruz, distintivo los montoneros llevaban en su sombrero.
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